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PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA DE PERSONAS DESEMPLEADAS PARADAS DE LARGA DURACIÓN.

Tenemos el placer de informarles que en el DOGA nº 140 del 26 de julio de 2016, se publica Orden  por la que se establecen las bases reguladoras del programa de incentivos a la contratación por cuenta ajena de las personas desempleadas paradas de larga duración y se procede a su convocatoria.

 

Objetivo y finalidad:

 

Esta Orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras de incentivos para la contratación por cuenta ajena de parados de larga duración que presentan desventajas y dificultades particulares para permanecer en el mercado de trabajo, favorecer así el empleo estable y facilitar su inserción laboral.

 

Beneficiarios:

 

Las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidos autónomos, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten por cuenta ajena a personas trabajadoras desempleadas de larga duración, para prestar servicios en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

 

Tipos de Ayudas e importe:

 

1. Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial

 

Estas contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de:

– 10.000 euros; en el caso de ser mujer, 15.000 euros.

– 15 % más cuando las contrataciones sean realizadas para prestar servicios en centros de trabajo radicados en un ayuntamiento rural.

 

En caso de que la empresa cuente en su plantilla en el mes de la contratación por la que se solicita subvención con un mínimo del 75 % de personal indefinido, las cuantías de las ayudas serán las siguientes:

– 15.000 euros; en el caso de ser mujer, 20.000 euros.

– 15 % más cuando las contrataciones sean realizadas para prestar servicios en centros de trabajo radicados en un ayuntamiento rural.

 

2. Programa de incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos

 

Estas transformaciones de contratos temporales en indefinidos se incentivará con:

– 2.500 euros; en el caso de ser mujer, 5.000 euros.

– 15 % más cuando las contrataciones sean realizadas para prestar servicios en centros de trabajo radicados en un ayuntamiento rural.

 

En caso de que la empresa cuente en su plantilla en el mes de la contratación por la que se solicita subvención con un mínimo del 75 % de personal indefinido, las cuantías de las ayudas serán las siguientes:

– 5.000 euros; en el caso de ser mujer, 7.500 euros.

– 15 % más cuando las contrataciones sean realizadas para prestar servicios en centros de trabajo radicados en un ayuntamiento rural.

 

 

En ambos casos, la cuantía de los incentivos será proporcional al tiempo efectivo de trabajo en función de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, de la jornada máxima legal.

 

Presentación de solicitudes y plazo:

 

Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es.

 

Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en el Registro de la Xunta.

 

El plazo general para la presentación de solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzaron el pasado 27 de julio, y se subvencionan contrataciones iniciadas desde el 1 de enero de 2016.

 

Las solicitudes de ayudas por las contrataciones subvencionables realizadas entre el 1 de enero de 2016 y el 26 de julio, deberán presentarse hasta el 27 de septiembre.

 

Las ayudas a las contrataciones realizadas a partir del 27 de julio, deberán solicitarse hasta el último día del segundo mes siguiente a la fecha en que se inicie la relación laboral indefinida por la que se solicita subvención. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

 

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas finalizará el 30 de septiembre de 2016, aunque en esa fecha no hubiese transcurrido el plazo señalado en los párrafos anteriores.

 

 

Se adjunta texto íntegro de la citada Orden.

escrita el 01-08-2016

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