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ACTA Y TABLA SALARIAL CONVENIO DE COMERCIO DEL METAL 2010
Conforme a lo establecido en el párrafo cuarto del artículo 17º del convenio colectivo de trabajo para el sector del comercio del metal de Pontevedra, retribuciones, conocido el dato del IPC correspondiente al año 2009, en reunión de la Comisión Negociadora celebrada ayer, se procedió a la elaboración de la tabla salarial que regirá durante el año 2010.
Dicha tabla, que se acompaña, es el resultado de incrementar a la vigente al 31/12/2009, el IPC real del 2009, que fue el 0,8%, más el 0,5%, esto es, el 1,3%.
Asimismo, se procedió a la actualización del plus de transporte, dietas y kilometraje para el 2010 (artículos 23º y 24º), siguiendo el mismo criterio utilizado para la tabla salarial, que quedan como sigue:
Plus de transporte: 91,77
Media dieta: 11,44
Dieta completa: 22,87
Kilometraje: 0,197
escrita el 19-01-2010